El derecho de sucesiones mortis causa

El derecho de sucesiones es aquella rama del Derecho privado que pretende regular la sucesión mortis causa, en definitiva, el destino de las titularidades y relaciones jurídicas tanto activas como pasivas de una persona después de su muerte.

Toda persona, durante su vida, es sujeto de relaciones jurídicas activas y pasivas, frente a estas últimas responde con todos sus bienes presentes y futuros, es decir, con todo su patrimonio.

Cuando muere, aquellas relaciones (al menos la mayor parte) le sobreviven y otra u otras personas entran en el lugar que él deja vacante y colman la laguna que su fallecimiento produce.

En el orden legal del derecho de sucesiones se regulan importantes aspectos, como el destino de los bienes del difunto, los requisitos para la validez del testamento. Todo ello con la finalidad de asegurar que lo que aparezca en él sea realmente la voluntad del testador.

En nuestro Derecho español, que sigue el sistema romano, los bienes de la herencia se entregan desde el primer momento a los herederos, quienes se ocupan de administrarla. Pero junto con la normativa sucesoria que regula el Código Civil español coexistente, en nuestro país, diferentes sistema legislativos regulados por los derechos civiles forales que, en general, se caracterizan, en el ámbito del derecho sucesorio, por una mayor libertad para testar, como por la admisión en la mayoría de los derechos civiles forales de la figura de los pactos sucesorios.

En el Derecho Civil del País Vasco, el testador podrá elegir, entre sus descendientes, libremente al heredero con la facultad de apartar a los demás y podrá conferir, en testamento, a su cónyuge un poder testatorio para que el viudo o viuda pueda disponer libremente de los bienes del causante entre sus descendientes.

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Servicios legales relacionados con la herencia.

ACEPTACIÓN Y REPUDACIÓN DE LA HERENCIA:
Reclamación judicial de herencias, sujetas al Derecho Civil Común como al Derecho Civil Foral del País Vasco. Partición y distribución del caudal hereditario.

SUCESIÓN TESTADA:
Testamentos, clases, cláusulas testamentarias, interpretación de testamento, herederos forzosos, reclamación de legítimas y legados, reservas, desheredación, preterición poderes testatorios y apartamientos con arreglo al Derecho Civil Común y al Derecho Civil Foral del País Vasco.

SUCESIÓN LEGÍTIMA:
Solicitud de medidas cautelares, Declaraciones de Herederos abintestato, Declaraciones de Herederos ante Notario, formas de distribución del caudal hereditario.

ASPECTOS FISCALES:
Impuesto de Sucesiones, Donaciones, Cesación de proindiviso, excesos de adjudicación.